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1. ¿En que consiste la "Vigilancia Tecnológica?"?
En los necesarios procesos de Innovación, la toma de decisiones correctas para planificar la investigación y el desarrollo de productos exige el conocimiento por parte de la Empresa de toda la información tecnológica disponible referente a su área industrial en general, o de un producto o grupo de productos en particular.
Para ello, la Empresa precisa mantener atención sobre las fuentes de información sobre la evolución y novedades más significativas del entorno tecnológico en que se desarrollan sus actividades, de cara a conocer con la menor dilación posible las tecnologías y líneas de desarrollo que patentan las empresas de la competencia.
Este es el objetivo que SIMADEC logra a través del Servicio que ponemos a su disposición:
La Vigilancia Tecnológica, consistente en un procedimiento metódico y periódico de búsqueda, tratamiento y entrega de la información tecnológica de su interés.
2. ¿Qué aplicaciones prácticas tiene la Vigilancia Tecnológica para las Empresas?
La experiencia nos demuestra que cada Cliente establece su propio orden de prioridades en los objetivos a cubrir mediante nuestro Servicio de Vigilancia Tecnológica, pero citamos a continuación los objetivos más habituales:
2.1. Evitar inversiones en líneas de investigación y desarrollo ya realizadas por otros.
Ingentes cantidades de dinero se pierden por las empresas estudiando líneas de investigación y desarrollo ya conocidas e incluso practicadas anteriormente por otros.
Esto puede ser evitado conociendo de antemano el “estado de la técnica actual” del objeto o procedimiento de interés.
2.2. Eludir la posible infracción de Patentes ajenas.
Buena parte de las demandas por infracción de Patentes tienen su origen en la falta de esta básica precaución.
El conocimiento previo de las Patentes existentes en relación con el producto o procedimiento que interesa es determinante para analizar su posible infracción y, en consecuencia, evitar actuaciones judiciales de contrario.
2.3. Controlar la posible infracción de Patentes propias.
El principal motivo de indefensión es el desconocimiento del daño.
La detección de solicitudes de registro de Patentes contrarias posteriores y similares a las propias permite conocer las pretensiones de la competencia y tomar las medidas mercantiles, administrativas o jurídicas que en cada caso correspondan.
2.4. Identificar competidores y mercados.
El Servicio de Vigilancia Tecnológica aporta respuestas a preguntas aparentemente secundarias, pero que debidamente tratadas pueden ser de gran utilidad en la planificación de la estrategia de las Empresas.
¿Qué compañías están patentando en áreas afines?
¿Qué compañías son las más activas en determinadas áreas?
¿Qué nuevas empresas intervienen en el sector?
¿De que nacionalidad son?
¿En que países solicitan protección para sus Patentes?
2.5. Conocer nuevas tecnologías, nuevas soluciones o nuevos enfoques que terceros apliquen en áreas de interés.
2.5.1. La cultura propia e interna de los equipos de investigación y desarrollo pueden condicionar y limitar las líneas de pensamiento que conducen a los nuevos desarrollos.
Dotando a tales equipos de documentos-Patente procedentes de los Registros que amparan precisamente las más avanzadas soluciones técnicas, dotamos a las Empresas de perspectivas de actuación permanentemente actualizadas y, en consecuencia, más competitivas e innovadoras.
2.6. Disponer de la posibilidad de negociar licencias de tecnologías ya desarrollas si son de interés para la empresa, evitando el gasto en el desarrollo de algo ya conocido.
3. Herramientas para ejecutar las Búsquedas Periódicas constitutivas de la Vigilancia Tecnológica.
Para dar satisfacción a las necesidades de información tecnológica actualizada que nos plantean nuestros Clientes, SIMADEC cuenta con:
3.1. El acceso a las más importantes Bases de Datos públicas y privadas del mundo.
3.2. Los medios materiales y técnicos apropiados, sostenidos e integrados dentro de una de las estructuras de asesoramiento técnico y jurídico más prestigiosas.
3.3. Y la más valiosa de las aportaciones: Unos medios humanos de alto nivel y reconocida competencia profesional.
4. ¿Cómo se lleva a cabo la recuperación de la información?
La recuperación de la información se lleva a cabo previo diseño de un perfil específico e individualizado del objetivo a vigilar a interés del Cliente, sea éste:
- Un área industrial en general, o
- Un producto o grupo de productos en particular.
Por tanto, resulta de vital importancia la estrecha colaboración entre nuestros Clientes y nuestro Departamento Técnico en el proceso de definición del citado perfil, ya que de la precisión en tal diseño depende una adecuada consecución de resultados dentro de una contención de costes.
Sin embargo, la comunicación permanente entre interesados (Clientes) y ejecutores del sistema de Vigilancia Tecnológica (SIMADEC), y el común conocimiento de los resultados obtenidos permite actualizar el perfil de búsqueda a partir de los datos recuperados en cada una de las búsquedas de información periódica, para adaptarse constantemente a las necesidades de la Empresa.
5. ¿Que periodicidad tiene la Vigilancia Tecnológica?
Cada Cliente requiere una actualización a su medida del conocimiento sobre las tecnologías de su interés.
A partir de esa fundamental premisa, la experiencia nos dice que las búsquedas han de realizarse en intervalos:
- No menores de un mes, y
- No mayores de seis meses.
Este es uno de los parámetros que ha de definirse en la fase de diseño del perfil de la necesidad del Cliente. Sabemos adaptarnos a cada caso y proceder en consecuencia.
6. ¿Qué contiene un Informe de Resultados de Vigilancia Tecnológica?
Una vez obtenidos los datos definidos en la búsqueda efectuada con la periodicidad deseada por el usuario se elabora el correspondiente Informe, conteniendo un resumen de cada uno de los expedientes eventualmente localizados, en el que figurarían:
- Titulo de la invención;
- Breve resumen;
- Imagen gráfica;
- Número de expediente;
- Nombre del solicitante
- Nombre del Inventor;
- Fecha de presentación;
- País de procedencia;
- Países protegidos,
- Otros que coyunturalmente puedan incorporar las bases consultadas.
7. Costes:
Por propia definición, un procedimiento de Vigilancia Tecnológica tiene un coste variable, que depende esencialmente de cuatro factores:
- Factor periodicidad de las Búsquedas
- Factor extensión del perfil de la Búsqueda
- Factor tiempo y coste de cada Búsqueda, existan o no resultados
- Factor cantidad de resultados obtenidos
En consecuencia, los costes de este servicio deberán ser valorados para cada caso en concreto, adaptándose específicamente a la necesidad de cada interesado.
A título orientativo, el coste promedio en 2.006 es de 600 Euros año, según un Servicio de Vigilancia Tecnológica con:
- Una periodicidad trimestral (cuatro búsquedas año)
- Con un perfil definido sobre un determinado objeto,
- Con un tiempo consecuentemente estandarizado de Búsqueda
- Con hasta diez documentos localizados por Búsqueda
Siguiendo con la intención orientativa de este capítulo, cada búsqueda adicional al año (con el precitado perfil) genera un cargo de 60 Euros/Busqueda, en tanto que la recuperación de documentos a partir del 41 genera un cargo de 6 Euros/documento.
El formato de entrega es aquel que nos permite recuperar la máxima información contenida en la base de datos, y con un gráfico que ayuda a la comprensión de la invención en todos los casos (salvo las raras excepciones, en que el gráfico no existe o no es recuperable.
8. Servicios paralelos y complementarios
El Servicio de Vigilancia Tecnológica de SIMADEC está incluido dentro del esquema de Servicio de Asesoramiento y Gestión integral en materia de Propiedad Industrial nacional e internacional que nuestra compañía pone a su disposición, siendo los mas habitualmente utilizados por nuestros Clientes:
8.1. Investigaciones
Conviene recordar que la Vigilancia Tecnológica permitirá conocer lo que aparezca nuevo a partir de una determinada fecha de contratación del servicio en relación con un determinado interés.
En consecuencia, el interesado deberá plantearse su conocimiento del “estado de la técnica” en relación con ese objeto con relación al inicio de la Vigilancia.
Si este conocimiento existe, el Servicio de Vigilancia Tecnológica desplegará todos sus efectos beneficiosos desde el primer Reporte de Resultados.
Pero si tal conocimiento preciso del estado de la técnica en relación con el objeto de interés no existe, conviene formar una base de partida del conocimiento a través de una sólida investigación de antecedentes que permita determinarlo.
8.2. Estudios Técnicos Comparativos.
No es fácil en absoluto determinar el nivel de parecido realmente existente entre dos objetos, particularmente a la luz de los procedimientos de tramitación de Patentes; tampoco lo es definir el grado de infracción, vulneración o dependencia que pudieran existir entre dos ellos (sean documentales o físicos), y especialmente cuando el análisis debe ser llevado a cabo con la presión del tiempo y siendo parte interesada directa.
Por ello nuestro Departamento Técnico realiza tales estudios desde la óptica del necesario conocimiento técnico y legal, así como con la objetividad que requiere su asesoramiento.
8.3. Actuaciones administrativas y jurídicas en defensa de sus intereses.
El derecho que confieren las Patentes propias puede ejecutarse frente a lesiones de terceros conocidas a través de esta Vigilancia mediante los procedimientos legalmente establecidos y con arreglo a los plazos igualmente regulados.
La coordinación existente entre nuestros Departamentos, Técnico, Jurídico, Administrativo e Internacional garantiza la ejecución de las actuaciones pertinentes en cada caso tanto en España como en el extranjero.
8.4. Traducción de documentaciones técnicas.
El profundo conocimiento de los documentos obtenidos en las búsquedas periódicas puede requerir una precisa traducción de sus contenidos, de lo que podemos encargarnos, previa selección de las fracciones apropiadas para economizar tiempo y costes.
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